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Taller para desarrollar distintos temas de derecho procesal.
La Conciliación, Arbitraje y amigable composición.
Cuestionario del espacio académico Teoría General del Proceso Universidad Libre- Seccional Cúcuta.
Microcurriculo Teoría del Proceso y Procedimiento Civil Especial. Segundo y Cuarto año.2013.
Apreciados estudiantes de Segundo GH, GK y GU. Reciban un cordial saludo. En el lateral de la web de este mismo espacio encuentra todo el material
Comparativo del Proyecto de Código General del Proceso sobre principios.
Entrego todos los talleres para desarrollar los temarios de toda la materia
Mañana 7 de marzo de 2012 horario de seis a siete de la mañana no será posible la clase. Por favor estudiar material entregado en la web
Lectura obligada de jurisprudencia recomendada y video sobre justidicción indigena
Presentacion del programa, Microcurriculo, Guias de trabajo y socializacion de la asignatura
Se inicia el segundo Semestre de nuestra materia. Para esta segunda etapa ya tenemos unos fundamentos serios y necesario para comprender la materia
Taller sobre jurisdicción, competencia y proceso. Primeramente encontrará el contrato real celebrado entre las partes y luego se formula el taller.
Mediante el presente taller de derecho Procesal debe conjugar los conocimientos de Jurisdiccion, Proceso y Competencia
Recomiendo la lectura del programa y el cuestionario de la materia.
Es necesario la lectura de la sentncia recomendada y luego consultar los CODIGOS DE PROCEDIMIENTO PENAL Y CIVIL.
Estudiantes en esta vacaciones es una oportunidad desarrollar toda la parte teorica, practica y tecnica.
Por favor en el ICONO DE TALLERES encuentra el caso de la fecha para trabajar en clase. Hoy mismo al terminar la clase se entegan los TALLERES EN DECANATURA DE DERECHO.
A Todos los estudiantes de la MATERIA TEORIA GENERAL DEL PROCESO, por favor iniciar la lectura del libro que recomiendo del Maestro VICTOR FAIREN GUILLN
Con los siguientes casos usted determina que fenomeno se presenta
NULIDAD POR FALTA DE JURISDICCION - No es válida su invocación cuando ya ha sido definido el asunto por parte del Consejo Superior de la Judicatura Habida cuenta que la Jurisdicción competente dentro del presente asunto ya ha sido determinada por el Consejo Superior de la Judicatura, considera la Sala que mal puede configurarse la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 140 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que la definición de la jurisdicción ya ha sido determinada por el órgano constitucionalmente competente para ello mediante decisión que se encuentra en firme y que es conocida por el tribunal a quo. Como la definición de la Jurisdicción competente cuando se ha presentado un conflicto entre jurisdicciones es un tema atribuido exclusivamente al Consejo Superior de la Judicatura y su decisión le pone fin al conflicto de manera definitiva, adoptada la decisión, el tema queda superado al punto de que la nulidad derivada de falta de Jurisdicción no le es dado plantearlo a las partes, ni el juez al que se le atribuyó el conocimiento del asunto puede declararlo de oficio. En consecuencia, proferida una decisión por parte del Consejo Superior de la Judicatura, el tribunal a quo debió estarse a lo decidido por aquél mediante providencia de 22 de julio de 2003, razón por la cual no le es posible realizar un nuevo pronunciamiento en relación con la falta de competencia para conocer del presente asunto. Así las cosas, esta Sala revocará el auto
Recorrido por normas CONSTITUCIONALES para saber y determinar la NATURALEZA DE LA JURISDICCION y establecer el CONCEPTO, CARACTERISTICAS, NATURALEZA, CLASIFICACION, etc, de la JURISDICCION. Por estudie lo siguiente:
Respetados estudiantes. Reciban un cordial saludo. Bienvenidos al mundo del Derecho Procesal. Me permito presentar el programa de la materia TEORIA GENERAL DEL PROCESO
Apreciados Estudiantes buenas noches. Reciban un cordial saludo. Por favor respondan el siguiente taller
La Universidad Libre presenta el nuevo programa de la materia.
Mantener a una persona privada de su libertad por el tiempo que tarde en resolverse una acción de revisión invocada con fundamento en una sentencia condenatoria proferida por los mismos hechos contra una persona que reconoció ser la responsable exclusiva de éstos, constituye una medida desproporcionada por cuanto no persigue la consecución de ningún fin constitucionalmente legítimo.
Apreciados estudiantes. Reciban un cordial saludo. Ya pueden enterarse del reporte de notas.
TALLER SOBRE PROCESO Y COMPETENCIA.
TALLERES PARA APLICAR LOS CONOCIMIENTOS DE PROCESO Y COMPETENCIA.
Por favor leer y estudiar el TEMA I, de la obra TEORIA GENERAL DEL PROCESO, del MAESTRO VICTOR FAIREN GUILEN, que contiene los siguiente temas<: Función: estructura naturaleza jurídica y concepto del proceso I. Medios de solución de los conflictos intersubjetivos II. Función del proceso: sus elementos III. La función del proceso: sus caracteres. La satisfacción jurídica IV. La estructura del proceso: sus principios V. La naturaleza jurídica del proceso. Diversas doctrinas VI. Clases de procesos
Reciba un cordial saludo. Recomiendo la obra del Maestro FIX ZAMUDIO, la cual se constituye en un clásico del Derecho Procesal
LA TEORÍA GENERAL DEL PROCESO EN EL SISTEMA DEL DERECHO PROCESAL SOCIAL, es un interesante artículo del profesor Héctor SANTOS AZUELA. Desarrolla el siguiente SUMARIO: I. Noción jurídica y delimitación del derecho procesal. II. Unidad esencial del derecho procesal. III. Autonomía científica del derecho procesal. IV. La teoría general del proceso. V. Trilogía estructural del proceso. VI. Tipología y caracteres del derecho procesal
Las instituciones de la Juridicción, la acción y el proceso constituyen el trinominio sistematico del Derecho Procesal. Es necesario para desarrollar el estudio de la teoría en menciòn profundizar sobre los siguientes temas:
